Despido procedente por agresión en una celebración de empresa

 La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictada el 02/04/2012 declara procedente el despido disciplinario de un trabajador que agredió físicamente a un compañero durante la fiesta de Navidad organizada por la empresa. La Sala entiende que, aunque los hechos ocurrieron en una discoteca y fuera del horario laboral, la celebración mantenía un entorno profesional vinculado al ámbito laboral, por tratarse de un acto promovido por la empresa y al que asistía la plantilla. El Tribunal concluye que la conducta constituye un incumplimiento contractual grave y culpable, tipificado en el artículo 54.2.c) del Estatuto de los Trabajadores, al suponer una ofensa física injustificada que rompe la convivencia y confianza necesarias en la relación laboral, por lo que valida la extinción del contrato sin derecho a indemnización.