Ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor

Ayer, 30/07/2025, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 9/2025, de 29/07, que modifica el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores (ET) y refuerza los derechos vinculados al nacimiento y cuidado de menor para ambos progenitores, modificando la Ley General de la Seguridad Social, con el objetivo de culminar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158.

PRINCIPALES NOVEDADES:

  • La duración del permiso por nacimiento y cuidados pasa a ser de 19 semanas p
  • ara cada progenitor
  • 2 de ellas podrán disfrutarse hasta que el menos cumpla los 8 años
  • En casos de monoparentalidad, el permiso se amplía a 32 semanas, 4 de ellas hasta que el menos cumpla 8 años
  • Posibilidad de disfrutar parte del permiso desde 4 semanas antes del parto.
  • En caso de hospitalización tras parto, el permiso se puede diferir hasta el alta hospitalaria, y ampliarse hasta 13 semanas adicionales
  • Derecho individual e intransferible para cada progenitor o adoptante
  • Se actualiza la normativa de la Seguridad Social para adaptar el subsidio por nacimiento y cuidado de menor, incluyendo la modalidad no contributiva. La prestación será igual al 100 % del IPREM o de la base reguladora si esta es inferior.

 

¿Tiene efectos retroactivos esta ampliación?

Sí. La norma introduce una disposición transitoria que establece la aplicación retroactiva de la ampliación del permiso. En concreto, las nuevas semanas de suspensión del contrato (2 semanas adicionales, o 4 en caso de monoparentalidad) se aplicarán a hechos causantes (nacimientos, adopciones, guardas o acogimientos) producidos a partir del 02/08/2024, aunque solo podrán disfrutarse efectivamente a partir del 01/01/2026.

No será necesario un nuevo reconocimiento del derecho, ya que se aplicará la normativa vigente sobre el disfrute voluntario del periodo de descanso por nacimiento y cuidado de menor.