El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en la sentencia dictada el 09/07/2025, ha confirmado la extinción de la prestación de IT por la incomparecencia de la trabajadora a un reconocimiento médico al que fue citada mediante SMS certificado. La Sala destaca que la mutua utilizó un sistema acreditado de notificación electrónica, expresamente autorizado por la trabajadora en el parte de IT. La falta de lectura del mensaje, o la alegación de desconocimiento, no excluyen la eficacia de la citación ni justifican la ausencia, dado que el SMS se considera un medio válido y fehaciente de comunicación, conforme al RD 625/2014. En consecuencia, la incomparecencia se calificó como injustificada, con la consiguiente pérdida del derecho al subsidio.