Nóminas: exigencia de claridad y transparencia en los conceptos retribuidos

El Tribunal Supremo, en su sentencia de 24/03/2026 confirma la obligación empresarial de emitir recibos de salario que cumplan estrictamente con el principio de claridad y transparencia exigido por el art. 29.1 del Estatuto de los Trabajadores. La resolución declara que no basta con identificar los conceptos retributivos, sino que es necesario desglosar las bases de su devengo, incluyendo periodos a los que corresponden, días efectivamente abonados, así como el detalle de atrasos, incidencias (IT, huelgas, permisos, etc.) y conceptos variables. La falta de esta información impide a la persona trabajadora verificar la corrección de la liquidación salarial. El Tribunal rechaza que pueda trasladarse a la persona trabajadora la carga de reconstruir el cálculo de su salario mediante operaciones propias o datos no facilitados por la empresa, al considerarlo contrario al principio de transparencia en la relación laboral. En consecuencia, se confirma la obligación empresarial de adaptar las nóminas a estos estándares, garantizando su comprensibilidad y control efectivo por parte de la plantilla.