La Sentencia del TSJ de Aragón de 27/02/2026, declara nula la decisión empresarial de modificar unilateralmente el sistema de planificación de vacaciones para 2026. La empresa sustituyó el sistema consolidado de rotación por antigüedad, grupos profesionales y bases por un nuevo modelo con quincenas obligatorias, límites de coincidencia y posibilidad de asignación unilateral. La Sala considera que la forma de elección y disfrute de las vacaciones afecta directamente al tiempo de trabajo y exige negociación previa con la representación legal de las personas trabajadoras. Al no haberse seguido dicho trámite, ordena restablecer el sistema anterior.